En el ámbito civil, puede ser objeto de arbitraje, a título
de ejemplo, las controversias que nazcan entre personas físicas
en materia de:
- Sociedades civiles, asociaciones y comunidades de bienes
- Testamentarias
- Contratos de servicios profesionales
- Arrendamientos rústicos y urbanos
- Propiedad Horizontal (comunidades de propietarios)
- Multipropiedad
- Compraventas civiles
- Contratos de construcción, de obra y de suministro
En el ámbito mercantil, para el cual la Asociación
está especialmente dotada por haberse diseñado para
acoger las cuestiones que nazcan de los problemas de las relaciones
entre empresas y de los empresarios con sus clientes, son controversias
sometidas a arbitraje, sin carácter exhaustivo, las que surjan
en materia de:
- Compraventa mercantil.
- Contrato de transporte.
- Contrato de publicidad.
- Ventas a plazo.
- Leasing, renting, factoring.
- Contrato de Agencia.
- Relaciones societarias.
- Propiedad industrial e intelectual.
- Mercado de valores y contratación bursátil.
- Comercio exterior en general y todo tipo de actos y contratos
mercantiles.
Debe subrayarse que, aun siendo conveniente, no es indispensable
la previa existencia de una cláusula arbitral para atribuir
una determinada controversia a la ACAM. En este sentido, el Reglamento
de ACAM prevé la posibilidad de que ésta arbitre las
controversias que, una vez surgidas, ambas partes le sometan de
mutuo acuerdo.
Para complementar su cometido arbitral específico, ACAM
ofrece, además, otros servicios relacionados con dicho cometido.
Por un lado, presta a las partes el asesoramiento necesario para
la estipulación de convenios arbitrales adaptados a las circunstancias
particulares de una determinada relación jurídica,
así como para la adopción de acuerdos de sumisión
a arbitraje de las controversias surgidas sin la previa existencia
de cláusula arbitral.
Por otro lado, ACAM brinda a las
partes un servicio de intervención de terceros neutrales,
dotados de las necesarias capacitaciones técnicas, a quienes
cabe encomendar, entre otras funciones, bien la arbitración
o concreción de un elemento de contrato (la cosa o el precio
en la compraventa, por ejemplo), bien la verificación del
cumplimiento de los requisitos que hagan exigible una obligación
(supuesto muy frecuente en los ámbitos mercantil y societario,
así como en materia de prendas sobre derechos).
ACAM cuenta con profesionales especializados
en la problemática de cada una de las áreas de la
actividad empresarial en la que pueden producirse conflictos y con
una vasta experiencia en analizar los casos concretos y acompañar
a sus protagonistas en la búsqueda de soluciones ágiles,
efectivas y con ganancia para todos los interesados.
La consultoría que brindamos no se resume en el diagnóstico,
tampoco en brindar soluciones teóricas desvinculadas de la
realidad, sino que se refiere concretamente a efectuar un análisis
de la situación, en compañía de los afectados
y junto con ellos, valorar las alternativas posibles frente a la
cuestión cuidando especialmente de que todos puedan ganar
con las futuras decisiones.
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